De carácter general – Asociadas a los NIVELES 0 y 1
Comunicar a las autoridades sanitarias de las Comunidades Autónomas el
inicio del Plan el día 1 de junio y la solicitud de información: urgencias,
ingresos y fallecimientos atribuidos a golpe de calor o efectos de las
temperaturas excesivas; incremento de urgencias respecto a media habitual en
años anteriores que pudieran ser atribuidas al exceso de temperaturas.
Puesta en marcha de los programas de actuación por parte de los convenios
de servicios sociales.
Información a la población de la existencia del Plan y de su no
incompatibilidad con los de las Comunidades Autónomas que ya lo tuvieren.
Información a la población sobre grupos de riesgo y significado de
niveles.
Distribución diaria vía electrónica por el Departamento, a los miembros de
la Comisión Interministerial, a los departamentos ministeriales integrados en
la misma, a cada uno de los representantes comunicados por las Comunidades
Autónomas y a las autoridades del Ministerio de Sanidad y Política Social, de
los mapas por provincias de niveles de temperaturas excesivas y de la
información en que se basan.
Incorporación diaria a la página web del Departamento de información de
niveles de temperaturas excesivas, desagregado por Comunidades Autónomas,
activando hipervínculos con sistemas de información propios, para aquellas
Comunidades Autónomas que así lo dispongan.
Mantenimiento de directorios de autoridades de las Administraciones
Públicas implicadas en el Plan.
Coordinación con las autoridades sanitarias de las Comunidades Autónomas
que elaboran y aplican su propio Plan.
Coordinación con las Comunidades Autónomas de la aplicación de la campaña
de información a los profesionales y de sensibilización al público.
Seguimiento de la información relacionada con actividades relativas a
política social.
Implementación del Sistema de Información y Vigilancia Sanitaria de la
mortalidad y de la morbilidad atribuibles al calor.
Elaboración de resúmenes estadísticos periódicos de las informaciones
meteorológicas y socio-sanitarias generadas por los distintos Sistemas de
Información.
Asociadas al NIVEL 2
Comunicación inmediata a los miembros de la Comisión Interministerial de la
presentación del nivel.
Informar a los responsables en las Comunidades Autónomas afectadas a través
de medios telemáticos.
Valorar la adopción de medidas adicionales de información de carácter
general o dirigidas a colectivos específicos.
Intensificación de la información sobre el significado del nivel, y de la
emisión de consejos a la población de riesgo.
Asociadas al NIVEL 3
Reforzar las medidas aplicadas al Nivel 2.
Verificación por parte de la Dirección General de Salud Pública de la
correcta asignación del nivel.
Intensificación de la información sobre el significado del nivel, y de la
emisión de consejos a la población de riesgo.
Comunicación inmediata a los miembros de la Comisión Interministerial y a
los responsables de las Comunidades Autónomas de la presentación del nivel,
para la valoración de las actuaciones que pudiesen ser necesarias en cada caso
para gestionar el riesgo.
Valoración por el Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias
Sanitarias del estado de la situación.