16 de abril de 2009. Cinco compañías aéreas que incluyen en sus páginas web números de teléfonos prestados bajo la modalidad de servicios de valor añadido (prefijo 807) incumplen la normativa vigente, según un informe remitido por el Instituto Nacional del Consumo (INC), órgano dependiente del Ministerio de Sanidad y Política Social, a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones.
A juicio del INC, que ha realizado un seguimiento de las páginas de estas empresas en la Red, las compañías Iberia, Air Europa, Spanair, Vueling y Easy Jet no cumplen los requisitos que establece el Código de Conducta para los operadores que ofrecen servicios telefónicos bajo la modalidad de servicios de valor añadido referidos a la información ofrecida a los potenciales usuarios.
Dicho Código de Conducta exige varias obligaciones a los prestadores de servicios de números de tarificación adicional. Las más importantes son:
En consecuencia, el Instituto Nacional de Consumo ha remitido las páginas en que ha encontrado irregularidades a la Presidencia de la Comisión de Supervisión de los Servicios de Tarificación Adicional solicitando que se realicen las correspondientes comprobaciones y se le informe de los resultados.