15 de marzo de 2007. La Ministra de Sanidad y Consumo, Elena Salgado, ha presentado hoy, coincidiendo con la celebración del Día Mundial de los Derechos del Consumidor, una campaña informativa dirigida a informar a los ciudadanos sobre los nuevos derechos introducidos por la Ley de Mejora de la protección de los consumidores y usuarios, aprobada el pasado mes de diciembre por el Parlamento.
Elena Salgado, que ha estado acompañada en la rueda de
prensa por el Subsecretario de Sanidad y Consumo y Presidente del
Instituto Nacional del Consumo, Fernando Puig de la Bellacasa, y
por la Directora General de Consumo y Atención al Ciudadano,
Ángeles Heras, ha afirmado que la ley plasma una serie de
medidas destinadas a proteger a los consumidores y dotarles de
herramientas jurídicas y organizativas que les permitan
defender mejor sus derechos.
”La revolución tecnológica y la
modificación de los hábitos de consumo hacían
necesaria esta ley, una ley actual para la protección de los
consumidores y usuarios actuales. La irrupción masiva de los
usuarios en el mundo de los servicios dejaba ciertos vacíos
en la protección de sus derechos que esta ley viene a
subsanar”, ha dicho la Ministra.
CAMPAÑA DE INFORMACIÓN
La campaña, bajo el lema “¿Qué es lo que
te corresponde?”, cuenta con una inversión de 2,1
millones de euros (1.900.000 en medios y 200.000 en creatividad) y
será emitida desde mañana hasta el 31 de marzo.
Durante este tiempo se pasarán 450 spots de
televisión, 417 en salas de cine y 204 cuñas de
radio. Se realizarán 252 inserciones en prensa, se
colocarán 1.570 soportes exteriores en cercanías de
RENFE nacional y en el Metro, se insertarán 3.820.000
“banners” en Internet y se distribuirán 50.000
trípticos y 1.500 carteles.
Como ha dicho la Ministra, la campaña destaca los aspectos
de aplicación más cotidiana de la ley, entre los que
destacan los siguientes:
OTRAS MEDIDAS DE LA LEY
En su intervención, la Ministra ha recordado también
otros aspectos de la ley que van a repercutir directamente en la
mejora de los derechos de los consumidores y usuarios.
Entre otros, se refuerzan los mecanismos para garantizar la
seguridad en el uso y consumo de productos y servicios. Para ello,
autoriza a las administraciones a adoptar, ante situaciones de
riesgo para la salud y seguridad de los consumidores y usuarios,
todas las medidas necesarias para hacer desaparecer ese riesgo.
También amplía la legitimación de las
administraciones ante los Tribunales para requerir el cese de
prácticas comerciales que sean contrarias a la normativa de
protección de consumidores y usuarios.
La ley introduce también una nueva regulación de las
asociaciones de consumidores y usuarios, “agentes sociales
imprescindibles en una sociedad democrática”, en
palabras de Elena Salgado, así como del Consejo de
Consumidores y Usuarios (CCU). La ley faculta a las
asociaciones de consumidores que se hayan constituido de
acuerdo con la legislación específica, estatal o
autonómica, para la representación y defensa de los
intereses generales de los consumidores y, por tanto,
únicamente éstas estarán legitimadas para el
ejercicio de las acciones que la ley prevé en defensa de
tales intereses generales.
La norma establece también las obligaciones de
independencia y transparencia que deben reunir las asociaciones
para acceder a la denominación de “Asociación
de Consumidores y Usuarios” y ejercer los derechos reservados
a éstas. Entre las obligaciones figuran, por ejemplo, el
estar inscritas en el Registro Nacional, no tener ánimo de
lucro ni dedicarse a actividades distintas de la defensa de los
intereses de los consumidores o usuarios, mantener la independencia
en sus actuaciones, no realizar comunicaciones comerciales de
bienes y servicios o no percibir ayudas económicas o
financieras de las empresas que suministran bienes o servicios a
los consumidores o usuarios, entre otras.
La Ley también alude a la reforma del Sistema Arbitral del
Consumo. El nuevo sistema, cuyo texto se encuentra en fase de
audiencia pública, permitirá disponer de un
régimen adaptado a los retos actuales del consumo,
será más eficaz y seguro y resultará atractivo
para los sectores empresariales. A efectos prácticos, y a la
hora de resolver las controversias que pudieran surgir entre el
proveedor y los consumidores, la ley prohíbe el pacto previo
para resolver esos futuros conflictos a través de arbitrajes
distintos a los creados por las normas legales o reglamentarias
para sectores específicos que, en estos momentos,
están gestionados por las Administraciones
Públicas.
Actualmente sólo reúnen estas condiciones el propio
Sistema Arbitral de Consumo, el arbitraje de transportes o el
previsto en materia de igualdad de oportunidades, no
discriminación y accesibilidad por razón de
discapacidad. Cualquier cláusula que imponga un arbitraje
distinto de los citados antes de que surja el conflicto material o
la controversia entre las partes, será considerada
nula.
FUTURO DESARROLLO DE LA LEY
Antes de concluir su intervención, la Ministra ha
hecho referencia también al desarrollo reglamentario que el
Gobierno llevará a cabo de la ley. La propia norma otorga un
plazo de dos años para que la Administración del
Estado, en colaboración con las Comunidades
Autónomas, remita a las Cortes un proyecto de Ley que
establezca las reglas en materia de sanciones en el caso de
infracciones supraautonómicas o cometidas en una Comunidad
Autónoma diferente de aquélla donde radica la sede de
la empresa infractora de la legislación de consumo.
Por último, emplaza al Gobierno a elaborar un texto
refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y
Usuarios y las Directivas comunitarias para disponer de un cuerpo
legal que incorpore las normas esenciales dictadas en la materia.
Este mandato será cumplido por el Gobierno dentro de la
actual legislatura.