Notas de Prensa

Consumo pone en marcha una campaña para informar a los ciudadanos de los nuevos derechos introducidos por la Ley de Mejora de la protección de los consumidores y usuarios

  • Esta mañana, coincidiendo con el Día Mundial de los Derechos del Consumidor 
  • La campaña, bajo el lema “¿Qué es lo que te corresponde?”, cuenta con una inversión de 2,1 millones de euros y será emitida desde mañana hasta el 31 de marzo
  • Está destinada a informar sobre los principales derechos que esta Ley, aprobada por el Parlamento el pasado mes de diciembre, otorga a los consumidores y usuarios 
  • La igualdad de requisitos para darse de alta y de baja en los servicios, la eliminación del redondeo al alza, la obligación de informar sobre el precio completo de productos y servicios y la prohibición de cláusulas que impongan al comprador de vivienda pagos que corresponden al vendedor son los principales aspectos de la ley destacados en la campaña

15 de marzo de 2007. La Ministra de Sanidad y Consumo, Elena Salgado, ha presentado hoy, coincidiendo con la celebración del Día Mundial de los Derechos del Consumidor, una campaña informativa dirigida a informar a los ciudadanos sobre los nuevos derechos introducidos por la Ley de Mejora de la protección de los consumidores y usuarios, aprobada el pasado mes de diciembre por el Parlamento.

Elena Salgado, que ha estado acompañada en la rueda de prensa por el Subsecretario de Sanidad y Consumo y Presidente del Instituto Nacional del Consumo, Fernando Puig de la Bellacasa, y por la Directora General de Consumo y Atención al Ciudadano, Ángeles Heras, ha afirmado que la ley plasma una serie de medidas destinadas a proteger a los consumidores y dotarles de herramientas jurídicas y organizativas que les permitan defender mejor sus derechos.
 
 ”La revolución tecnológica y la modificación de los hábitos de consumo hacían necesaria esta ley, una ley actual para la protección de los consumidores y usuarios actuales. La irrupción masiva de los usuarios en el mundo de los servicios dejaba ciertos vacíos en la protección de sus derechos que esta ley viene a subsanar”,  ha dicho la Ministra.
 
CAMPAÑA DE INFORMACIÓN
 
La campaña, bajo el lema “¿Qué es lo que te corresponde?”, cuenta con una inversión de 2,1 millones de euros (1.900.000 en medios y 200.000 en creatividad) y será emitida desde mañana hasta el 31 de marzo. Durante este tiempo se pasarán 450 spots de televisión, 417 en salas de cine y 204 cuñas de radio. Se realizarán 252 inserciones en prensa, se colocarán 1.570 soportes exteriores en cercanías de RENFE nacional y en el Metro, se insertarán 3.820.000 “banners” en Internet y se distribuirán 50.000 trípticos y 1.500 carteles.
                                       
Como ha dicho la Ministra, la campaña destaca los aspectos de aplicación más cotidiana de la ley, entre los que destacan los siguientes:

  • Iguales facilidades para altas y bajas en los servicios.- Respondiendo a demandas repetidamente requeridas por los ciudadanos, la nueva ley establece el derecho a darse de baja de los contratos suscritos con prestadores de servicios con las mismas facilidades con las que se dan de alta. El prestador incurrirá en infracción si trata de impedir la baja del usuario imponiendo cargas que penalicen el derecho a poner fin al contrato, lo que es especialmente importante en la prestación de servicios de naturaleza periódica. Además, deberá informar de este derecho y de la forma de hacerlo de manera previa y gratuita, sin obligarle, por ejemplo, a obtenerla a través de un número telefónico de tarificación adicional.
  • Exigencia de toda la información necesaria.- Esta gratuidad y carácter previo de la información se extiende, en general, a toda la que necesite un ciudadano para contratar el producto o servicio que más interese a sus necesidades de cuantos se le ofrecen en el mercado. En este punto, por ejemplo, la ley obliga a que a los usuarios del transporte aéreo se les informe del precio total de los billetes desde el primer momento, además de prohibir los cobros por emisión. Esto supone que se acabará con la práctica llevada a cabo por algunas compañías de anunciar unos precios muy bajos que, al final, son distintos de los que realmente se cobran, puesto que se les añaden diferentes conceptos que hacen subir el precio ofertado inicial. También se establece, con carácter general, que en los servicios de atención al cliente se debe asegurar al usuario una atención personal directa, así como una constancia fehaciente de las quejas y reclamaciones que presenta.
  • Prohibición del redondeo al alza.- Otra demanda reiterada de los consumidores venía siendo la supresión de los redondeos al alza en la adquisición de determinados productos y servicios, como telefonía o aparcamientos. La ley prohíbe este redondeo con carácter general, tanto en el tiempo utilizado como en el precio, así como cualquier cláusula que prevea el cobro por servicios o productos no prestados. De esta forma, el coste del servicio habrá de calcularse en consumo efectivamente realizado.
  • Aumenta la protección en la compra de vivienda.- Otro aspecto en el que incide la campaña se refiere a la adquisición de vivienda, la inversión normalmente más elevada de las que realiza un consumidor en su vida. La nueva ley establece como abusivas las cláusulas de los contratos o las prácticas comerciales de compraventa de vivienda que penalicen al consumidor si se niega a subrograrse en el crédito hipotecario del promotor, o le obliguen a asumir el pago de las tasas o impuestos que corresponden al vendedor (como, por ejemplo, la “plusvalía” o Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana). También considera abusivas aquellas cláusulas o prácticas que impongan al adquirente de la vivienda la asunción de los gastos que comporta la conexión con el suministro de los servicios generales de la misma –gas, agua, electricidad-, cuando aquélla deba entregarse en condiciones de habitabilidad.

OTRAS MEDIDAS DE LA LEY
 
En su intervención, la Ministra ha recordado también otros aspectos de la ley que van a repercutir directamente en la mejora de los derechos de los consumidores y usuarios.

Entre otros, se refuerzan los mecanismos para garantizar la seguridad en el uso y consumo de productos y servicios. Para ello, autoriza a las administraciones a adoptar, ante situaciones de riesgo para la salud y seguridad de los consumidores y usuarios, todas las medidas necesarias para hacer desaparecer ese riesgo. También amplía la legitimación de las administraciones ante los Tribunales para requerir el cese de prácticas comerciales que sean contrarias a la normativa de protección de consumidores y usuarios.
 
La ley introduce también una nueva regulación de las asociaciones de consumidores y usuarios, “agentes sociales imprescindibles en una sociedad democrática”, en palabras de Elena Salgado, así como del Consejo de Consumidores y Usuarios (CCU). La ley faculta a las asociaciones  de consumidores que se hayan constituido de acuerdo con la legislación específica, estatal o autonómica, para la representación y defensa de los intereses generales de los consumidores y, por tanto, únicamente éstas estarán legitimadas para el ejercicio de las acciones que la ley prevé en defensa de tales intereses generales.

La norma establece también las obligaciones de independencia y transparencia que deben reunir las asociaciones para acceder a la denominación de “Asociación de Consumidores y Usuarios” y ejercer los derechos reservados a éstas. Entre las obligaciones figuran, por ejemplo, el estar inscritas en el Registro Nacional, no tener ánimo de lucro ni dedicarse a actividades distintas de la defensa de los intereses de los consumidores o usuarios, mantener la independencia en sus actuaciones, no realizar comunicaciones comerciales de bienes y servicios o no percibir ayudas económicas o financieras de las empresas que suministran bienes o servicios a los consumidores o usuarios, entre otras.
 
La Ley también alude a la reforma del Sistema Arbitral del Consumo. El nuevo sistema, cuyo texto se encuentra en fase de audiencia pública, permitirá disponer de un régimen adaptado a los retos actuales del consumo, será más eficaz y seguro y resultará atractivo para los sectores empresariales. A efectos prácticos, y a la hora de resolver las controversias que pudieran surgir entre el proveedor y los consumidores, la ley prohíbe el pacto previo para resolver esos futuros conflictos a través de arbitrajes distintos a los creados por las normas legales o reglamentarias para sectores específicos que, en estos momentos,  están  gestionados por las Administraciones Públicas.
 
Actualmente sólo reúnen estas condiciones el propio Sistema Arbitral de Consumo, el arbitraje de transportes o el previsto en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad por razón de discapacidad. Cualquier cláusula que imponga un arbitraje distinto de los citados antes de que surja el conflicto material o la controversia entre las partes, será considerada nula.
 
FUTURO DESARROLLO DE LA LEY
 
Antes de concluir su intervención, la Ministra ha hecho referencia también al desarrollo reglamentario que el Gobierno llevará a cabo de la ley. La propia norma otorga un plazo de dos años para que la Administración del Estado, en colaboración con las Comunidades Autónomas, remita a las Cortes un proyecto de Ley que establezca las reglas en materia de sanciones en el caso de infracciones supraautonómicas o cometidas en una Comunidad Autónoma diferente de aquélla donde radica la sede de la empresa infractora de la legislación de consumo.
 
Por último, emplaza al Gobierno a elaborar un texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y las Directivas comunitarias para disponer de un cuerpo legal que incorpore las normas esenciales dictadas en la materia. Este mandato será cumplido por el Gobierno dentro de la actual legislatura.