Aguas de baño

Aguas de baño - Introducción

En nuestro país existe una tradición, dada la climatología y la longitud de costa del uso recreativo de las aguas, ya sean costeras como continentales. Utilizadas en su mayor parte en periodo estival como recreo y para el ejercicio de deportes náuticos. Esta costumbre no solo es utilizada por muchos españoles, sino también por numerosos turistas de otras nacionalidades.

Por este motivo desde hace más de 20 años, la administración sanitaria vigila la calidad del agua de baño, ya sea costera como continental para proteger la salud de los ciudadanos que utilizan el agua como medio recreativo.

En marzo de 2006, se publicó una nueva normativa europea sobre la calidad de las aguas de baño: Directiva 2006/7/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de febrero de 2006 Archivo pdf.  Se abrirá en una nueva ventana. , relativa a la gestión de la calidad de las aguas de baño y por la que se deroga la Directiva 76/160/CEE, esta nueva normativa actualiza el progreso científico y técnico de la anterior directiva; traspuesta al derecho interno español en el Real Decreto 1341/2007, de 11 de octubre Archivo pdf.  Se abrirá en una nueva ventana. sobre la gestión de la calidad de las aguas de baño.

Desde la entrada de España en la Comunidad Económica Europea, actualmente Unión Europea, se vienen elaborando anualmente informes de síntesis sobre la calidad del agua de baño de nuestras playas y aguas continentales, remitiéndose periódicamente a la Comisión de la Unión Europea para la elaboración del informe europeo anual.
Las aguas de baño se definen como cualquier elemento de aguas superficiales donde se prevea que puedan bañarse un número importante de personas o exista una actividad cercana relacionada directamente con el baño y en el que no exista una prohibición permanente de baño ni se haya formulado una recomendación permanente de abstenerse del mismo y donde no exista peligro objetivo para el público.

Los requisitos para la designación de aguas de baño son similares a los de la legislación anterior.
Esta utilización de las aguas de baño se realiza durante la temporada de baño, que es el periodo durante el cual es previsible una afluencia importante de bañistas, teniendo en cuenta las costumbres locales y las condiciones meteorológicas.
Zona de baño es un espacio geográficamente definido donde un número significativo de personas se bañan en la temporada designada en cada territorio por su Comunidad Autónoma. En cada zona de baño existe al menos un punto de muestreo (PM) para la recogida periódica de una muestra de agua para el control de calidad.