Según la nueva Directiva, la clasificación se debe hacer con los datos de la temporada actual junto a los datos de los 3 últimos años. La nueva clasificación es: Aguas de calidad insuficiente, Aguas de calidad suficiente, Aguas de calidad buena y Aguas de calidad excelente.
Pero esta clasificación con los nuevos valores no se podrá realizar hasta la temporada de baño del año 2011, que recogerá los datos de ese año y los tres anteriores: 2008, 2009 y 2010.
Por este motivo, la Comisión Europea en el seno del Comité de adaptación de la Directiva 2006/7/CE a los avances científicos y técnicos ha señalado que para las temporadas 2008, 2009 y 2010 se podrá considerar un periodo transitorio en el que se mantiene la calificación anterior, pero con los parámetros actuales, asimilando los Coliformes fecales a Escherichia coli y el Estreptococo Fecal a Enterococo intestinal.
Los valores paramétricos usados para este periodo transitorio son:
| Valor Imperativo | Valor Guía | |
|---|---|---|
| Enterococo intestinal | 100 UFC/100 ml | |
| Escherichia coli | 2.000 UFC/100 ml | 100 UFC/100 ml |
Manteniendo la siguiente calificación:
AGUAS 2. Aguas aptas para el baño, de muy buena calidad.
Son las que cumplen simultáneamente las siguientes condiciones:
1º. Al menos el 95% de los muestreos no sobrepasan los valores imperativos de
Escherichia coli.
2º. Al menos el 80% de los muestreos no sobrepasan los valores guía
Escherichia coli.
3º. Al menos el 90% de los muestreos no sobrepasan los valores guía Enterococo
intestinal.
AGUAS 1. Aguas aptas para el baño, de buena calidad.
Son aquellas en las que se cumple la condición 1º, de las AGUAS 2, pero en las que no se cumplen las condiciones 2º y/o 3º de las AGUAS 2.
AGUAS 0. Aguas no aptas para el baño.
Son aquellas en las que no se cumple la condición 1º de las AGUAS 2.